Si el Impuesto sobre el valor añadido (IVA o TVA) es el impuesto indirecto de la Unión Europea y de otros países, el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI) es el gravamen indirecto que se aplica en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, por lo que podríamos concluir que es una especie de IVA específico Ceuta y Melilla con las grandes diferencias que se detallan a continuación.
Tipos Impositivos del IPSI
Existen diferentes tipos impositivos del IPSI. Las diferencias no están sólo en el nombre, sino que también las podemos encontrar, entre otras, en el tipo. Mientras que en el IVA dicho tipo oscila entre el 4 y el 10% aunque mayoritariamente al 21%, el IPSI se mueve de forma regular, entre el 0,5% y el 10%. Por lo general, el IPSI a la importación de productos suele variar desde los alimentos y las materias primas que suelen estar al 0,5%, van subiendo al 3%, conforme se procesan, pasan al 7% en el caso de calzados e informática y llegan al máximo del 10% para el textil, las obras de arte o los perfumes. Aun así, no hay que olvidar que el IPSI se aplica al precio de importación y no al precio final del producto.
Por otra parte, el tipo de los Servicios, oscila del 0,5% para las actividades de publicidad o algunas actividades prestadas a las empresas del juego, hasta el 6%, aunque, por regla general suele ser un 4%, al igual que pasa con el tipo que se aplica a la Producción.
¿Dónde se aplica el IPSI?
¿Sabes dónde se aplica el IPSI? En concreto, es un impuesto que grava tan sólo tres actividades, tal y como hemos indicado, la producción, los servicios y la importación. Esto implica que cuando se viaja a Ceuta y se realizan compras, no existe ningún impuesto indirecto que grave la venta de productos, ya que la entrega de bienes no es parte del hecho imponible del impuesto. Este detalle, ha supuesto más de una discusión en la firma de contratos con empresas que barajan las cifras de las ventas con IVA como parte del precio a pactar o la determinación de los modelos a presentar para la justificación de subvenciones pensadas para el territorio de aplicación del IVA.
¿Quiénes y cuándo tienen que pagar el IPSI?
Los importadores de productos en Ceuta deberán liquidar IPSI a la entrada de las mercancías en la Ciudad, sin olvidar que deberán comprarlas sin IVA. Por otra parte, deberán liquidar el IPSI todos aquellos que presten servicios en Ceuta y aquellos que produzcan bienes.
Y aquellos empresarios que consuman determinados servicios en la Península deberán autorrepercutirse el IPSI con el fin de no pagar un IVA que no pueden deducirse, frente a un IPSI con un tipo mucho más bajo. Como ejemplo, podemos poner un servicio de consultoría técnica que se contrata con una empresa de Península, ésta deberá facturar sin IVA y el empresario instalado en Ceuta deberá autorrepercutirse el IPSI.
Peculiaridades del IPSI
Es necesario tener en cuenta las diferentes peculiaridades del IPSI. En Interservicios nos encontramos con empresas de la Península que consideran que el IPSI cuenta con el mismo sistema de aplicación que el IVA y nada más lejos de la realidad. Los empresarios y profesionales no pueden deducir las cuotas por IPSI soportadas, lo que hace del citado IPSI un mayor gasto que hay que tener en cuenta y en ningún caso se puede considerar el IPSI como un IVA con tipo reducido. Puede ser competitivo en algunos productos y servicios, siempre y cuando se conozcan los precios, los tipos y la mecánica del impuesto. Un buen asesoramiento en este impuesto puede suponer el éxito o el fracaso de la implantación en Ceuta por ello recomendamos que nos consulten antes de realizar las operaciones.
No obstante, una utilización inteligente del IPSI, unida a la correcta instalación de las actividades empresariales en Ceuta que puedan beneficiarse de las bonificaciones en el Impuesto de sociedades (50%), en el Impuesto sobre la Renta (60%) y en las cuotas de la Seguridad Social (50% en Contingencias Comunes), pueden suponer un considerable ahorro fiscal sin tener que acudir a países extranjeros o paraísos fiscales, todo dentro del territorio nacional y con las bendiciones de la Agencia Tributaria.
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